Curso Por comunidad Comunidad Foral de Navarra

Manipulador de alimentos en Navarra.

¿Necesito carné o curso de manipulador en Navarra?

No necesitas carné: ya no existe en España. En Navarra, la autoridad en seguridad alimentaria es la Sección de Seguridad Alimentaria del ISPLN, y en sus controles el inspector comprueba si tu empresa garantiza tu formación según tu actividad. No hemos podido confirmar si sigue en vigor el decreto foral de 2003 sobre formadores.

Fuentes de esta respuesta
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • En Navarra, la Sección de Seguridad Alimentaria del ISPLN es la autoridad competente en seguridad alimentaria y el punto de contacto de Navarra en la red de alertas alimentarias. [S42]
  • En su protocolo de control general de establecimientos alimentarios (versión 8, de 24/08/2022), el inspector comprueba si la empresa garantiza la formación de los manipuladores en higiene según su actividad. [S43]
  • El Decreto Foral 108/2003, de 12 de mayo, reguló en Navarra las condiciones para formar a manipuladores y el régimen de autorización y registro de quienes la imparten. [S44]

Autoridad sanitaria Sección de Seguridad Alimentaria del ISPLN

¿Quién controla los alimentos en Navarra?

La Sección de Seguridad Alimentaria del ISPLN.

Es la autoridad competente en seguridad alimentaria en Navarra y su punto de contacto en la red de alertas alimentarias. Los controles de establecimientos y alimentos los hacen los inspectores de Salud Pública del ISPLN.

Fuentes de este apartado
  • En Navarra, la Sección de Seguridad Alimentaria del ISPLN es la autoridad competente en seguridad alimentaria y el punto de contacto de Navarra en la red de alertas alimentarias. [S42]
  • Los controles de los establecimientos alimentarios y de los alimentos en Navarra los hacen los inspectores de Salud Pública del ISPLN. [S41]

¿Qué comprueba el inspector sobre formación?

Si tu empresa garantiza tu formación según tu actividad.

Son puntos del protocolo de control general de establecimientos alimentarios del ISPLN (versión 8, de 24/08/2022), que el inspector sigue en cada visita.

  • Si la empresa garantiza la formación de los manipuladores en higiene alimentaria según su actividad.
  • Si el plan de formación recoge las incidencias por manipulación incorrecta del personal.
  • Si el personal aplica prácticas higiénicas de manipulación.
Fuentes de este apartado
  • En su protocolo de control general de establecimientos alimentarios (versión 8, de 24/08/2022), el inspector comprueba si la empresa garantiza la formación de los manipuladores en higiene según su actividad. [S43]
  • También comprueba si el plan de formación recoge las incidencias por manipulación incorrecta del personal y si el personal aplica prácticas higiénicas. [S43]
  • Los controles de los establecimientos alimentarios y de los alimentos en Navarra los hacen los inspectores de Salud Pública del ISPLN. [S41]

¿Qué más revisa ese protocolo?

Limpieza, plagas y residuos, entre otras cosas.

Sus criterios son los legalmente exigibles y se aplica a todo tipo de establecimientos alimentarios. Para los comercios minoristas existe un protocolo de flexibilidad específico.

  • Si se aplica bien el plan de limpieza y desinfección.
  • Si hay un plan frente a las plagas.
  • Si los residuos se retiran de las salas lo antes posible.
Fuentes de este apartado
  • El protocolo general navarro revisa también, entre otras cosas, el plan de limpieza y desinfección, el plan frente a plagas y la retirada rápida de los residuos. [S43]
  • Sus criterios son los legalmente exigibles; se aplica a todo tipo de establecimientos alimentarios, y para los comercios minoristas hay un protocolo de flexibilidad específico. [S43]

¿Sigue en vigor el Decreto Foral 108/2003?

No lo hemos podido confirmar.

Ese decreto, de 12 de mayo de 2003, reguló en Navarra las condiciones para formar a manipuladores y un régimen de autorización y registro de los formadores. No hemos encontrado su derogación expresa.

A nivel estatal, desde el Real Decreto 109/2010 quien forma no necesita autorización. Si alguien te exige una autorización navarra, pide la norma concreta.

Fuentes de este apartado
  • El Decreto Foral 108/2003, de 12 de mayo, reguló en Navarra las condiciones para formar a manipuladores y el régimen de autorización y registro de quienes la imparten. [S44]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que era la norma anterior sobre manipuladores de alimentos. [S2]

La norma en toda España

  • El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que era la norma anterior sobre manipuladores de alimentos. [S2]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • El Reglamento (CE) 852/2004 (Anexo II, capítulo XII) obliga a las empresas alimentarias a garantizar la supervisión y la instrucción o formación de quienes manipulan alimentos, según su actividad laboral. [S3]

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