Curso Por comunidad

Manipulador de alimentos en cada comunidad autónoma.

El carné de manipulador ya no existe en España: el Real Decreto 109/2010 derogó la norma estatal, y quien forma no necesita autorización. Muchas comunidades derogaron después sus propias normas; en algunas no hemos podido confirmarlo. En todas, tu empresa debe formarte según tu actividad. Abajo tienes cada comunidad con sus fuentes.

Fuentes de esta respuesta
  • El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que era la norma anterior sobre manipuladores de alimentos. [S2]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • El Reglamento (CE) 852/2004 (Anexo II, capítulo XII) obliga a las empresas alimentarias a garantizar la supervisión y la instrucción o formación de quienes manipulan alimentos, según su actividad laboral. [S3]

Elige tu comunidad

  1. AndalucíaDecreto 189/2001 derogado en 2011; el registro andaluz de centros formadores ya no existe.
  2. AragónPágina de normativa y derogación del Gobierno de Aragón; inspección del Servicio de Seguridad Alimentaria.
  3. Principado de AsturiasDecreto 8/2002 derogado por el Decreto 117/2010; responde el titular de cada empresa.
  4. Illes BalearsSin norma balear propia: ni carné ni registro de formadores; controla la Consejería de Salud.
  5. CanariasOrden de 2002 derogada en 2010; formación continua según el riesgo de tu puesto.
  6. CantabriaCarné de mayor riesgo desaparecido; normas autonómicas tácitamente derogadas; plan de formación recomendado.
  7. Castilla-La ManchaDecreto 52/2002 derogado expresamente en 2021; guía regional de alérgenos para colectividades.
  8. Castilla y LeónDecreto 269/2000 derogado en 2011; la empresa guarda la documentación de tu formación.
  9. CataluñaLa ASPCAT verifica el plan de formación de la empresa y la higiene del personal.
  10. Comunitat ValencianaLa Conselleria de Sanidad verifica la formación del personal en sus inspecciones.
  11. ExtremaduraSin carnet ni modelo de justificante; el decreto de 2002 sigue en la lista de normativa.
  12. GaliciaDecreto 290/2003 de autorización de formadores: su vigencia actual no la hemos podido confirmar.
  13. Comunidad de MadridDecreto 10/2001 derogado implícitamente; los certificados son documentos privados con la validez que se acuerde.
  14. Región de MurciaDecreto 66/2001 derogado en 2011; la empresa acredita tu formación en las inspecciones.
  15. Comunidad Foral de NavarraEl inspector del ISPLN comprueba la formación; el decreto foral de 2003, sin confirmar.
  16. País VascoDecreto 211/2001 derogado en 2010; justificantes sin formato obligatorio ni número de autorización.
  17. La RiojaSin fuente riojana guardada: aquí solo lo que aplica en toda España.
  18. CeutaSin fuente ceutí guardada: aquí solo lo que aplica en toda España.
  19. MelillaDecreto de 2006 tácitamente derogado; sin listado de centros autorizados.

¿Qué comunidades derogaron su norma y cuándo?

Estas, según sus propias fuentes guardadas.

Normas regionales sobre formación de manipuladores y qué pasó con ellas
ComunidadNorma regionalQué pasó
AndalucíaDecreto 189/2001Derogado por el Decreto 141/2011
AsturiasDecreto 8/2002Derogado por el Decreto 117/2010
CanariasOrden de 10 de julio de 2002Derogada por la Orden de 23 de noviembre de 2010
Castilla-La ManchaDecreto 52/2002Derogado por el Decreto 56/2021
Castilla y LeónDecreto 269/2000Derogado por el Decreto 5/2011
MadridDecreto 10/2001Derogado implícitamente por el Real Decreto 109/2010
MurciaDecreto 66/2001Derogado por el Decreto 80/2011
País VascoDecreto 211/2001Derogado por el Decreto 337/2010
MelillaDecreto n.º 3240 de 2006Tácitamente derogado
CantabriaNormas autonómicas de desarrolloTácitamente derogadas
Fuentes de este apartado
  • El Decreto 141/2011, de 26 de abril, derogó en Andalucía el Decreto 189/2001, que regulaba los planes de formación de manipuladores y la autorización y el registro de las entidades que la impartían. [S12]
  • El Decreto 117/2010, de 1 de septiembre, derogó en Asturias el Decreto 8/2002, que regulaba los programas de formación en higiene de los alimentos en las empresas del sector. [S17]
  • La Orden de 23 de noviembre de 2010 suprimió en Canarias la intervención administrativa sobre las actividades de formación de manipuladores. [S20]
  • Esa orden derogó la Orden de 10 de julio de 2002, que regulaba en Canarias la formación de manipuladores y el régimen de autorización y registro de quienes la impartían. [S20]
  • En Castilla-La Mancha, el Decreto 56/2021, de 11 de mayo, derogó expresamente el Decreto 52/2002, de entidades formadoras de manipuladores de alimentos. [S25]
  • En Castilla y León, el Decreto 5/2011, de 3 de febrero, publicado el 9 de febrero de 2011, derogó el Decreto 269/2000, que regulaba los planes de formación sobre higiene de los alimentos. [S27]
  • Según la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 109/2010 derogó implícitamente el Decreto 10/2001, de 25 de enero, la norma madrileña sobre formación de manipuladores. [S37]
  • En la Región de Murcia, el Decreto n.º 80/2011, de 20 de mayo, derogó el Decreto 66/2001, que regulaba la formación continuada obligatoria de los manipuladores de alimentos. [S40]
  • En Euskadi, el Decreto 337/2010, de 14 de diciembre, derogó el Decreto 211/2001, de 2 de octubre, sobre la formación continuada de los manipuladores de alimentos. [S46]
  • Melilla entiende tácitamente derogada su norma de desarrollo, el Decreto n.º 3240 de 14 de agosto de 2006, y sin efecto las autorizaciones de entidades formadoras dadas con él. [S48]
  • Al derogar el Real Decreto 109/2010 el Real Decreto 202/2000, quedaron tácitamente derogadas en Cantabria las normas autonómicas que lo desarrollaban. [S23]

¿Dónde no hemos podido confirmarlo?

En Galicia, Navarra y Extremadura no hemos encontrado la derogación expresa de sus decretos antiguos.

Son el Decreto 290/2003 gallego, el Decreto Foral 108/2003 navarro y el Decreto 138/2002 extremeño, que sigue en la lista de normativa sanitaria de Extremadura. No los damos por vigentes ni por derogados.

Las webs de salud de La Rioja y de Ceuta no respondieron desde nuestra conexión, así que de ellas no citamos nada regional.

Fuentes de este apartado
  • El Decreto 290/2003, de 4 de junio (DOG n.º 123, de 26/06/2003), fijó en Galicia normas de formación de manipuladores, un procedimiento de autorización de entidades formadoras y un registro de las mismas. [S35]
  • El Decreto Foral 108/2003, de 12 de mayo, reguló en Navarra las condiciones para formar a manipuladores y el régimen de autorización y registro de quienes la imparten. [S44]
  • La página «Normativa sanitaria de Extremadura» sigue incluyendo, en seguridad alimentaria, el Decreto 138/2002, de 8 de octubre, sobre la formación de los manipuladores y la autorización de entidades formadoras. [S34]

¿Qué es igual en todas?

Tu empresa responde de tu formación y la inspección comprueba cómo trabajas.

A nivel nacional no hay temario, examen ni profesorado fijados. La formación debe adaptarse a tu puesto concreto, y si te formas por tu cuenta, tu empresa valora si te sirve.

La inspección lo comprueba viendo cómo trabajas. Cada página de comunidad enlaza sus fuentes y la fecha en que las guardamos.

Fuentes de este apartado
  • A nivel nacional no se fija ningún requisito sobre los contenidos, el examen, el profesorado ni la forma de impartir la formación en higiene de los alimentos. [S8]
  • Para que la formación se considere adecuada, debe adaptarse a las necesidades del puesto de trabajo concreto de cada manipulador. [S8]
  • Si un trabajador se forma por su cuenta, la empresa tiene que valorar si esa formación es adecuada para el puesto que va a desempeñar. [S7]
  • La inspección comprueba que el trabajador aplica correctamente las buenas prácticas de manipulación y que la empresa garantiza que las conoce, supervisa su cumplimiento y corrige las desviaciones. [S7]

La norma en toda España

  • El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que era la norma anterior sobre manipuladores de alimentos. [S2]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • El Reglamento (CE) 852/2004 (Anexo II, capítulo XII) obliga a las empresas alimentarias a garantizar la supervisión y la instrucción o formación de quienes manipulan alimentos, según su actividad laboral. [S3]

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