¿Hay alguna norma balear sobre manipuladores?
No: la comunidad no ha desarrollado normativa específica.
Se aplica directamente el Reglamento (CE) 852/2004, que obliga a la empresa a garantizar la supervisión y la formación de quienes manipulan alimentos.
| En Baleares no hay | Lo que sí se aplica |
|---|---|
| Carné de manipulador | La obligación de la empresa de formarte |
| Registro de entidades formadoras | El control de la formación por la Consejería de Salud |
| Normativa balear propia sobre formación | El Reglamento (CE) 852/2004 |
Fuentes de este apartado
- En Baleares ya no existe un «carné de manipulador» ni un registro de entidades formadoras de manipuladores. [S19]
- La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares no ha desarrollado normativa propia sobre la formación de manipuladores. [S19]
- El Reglamento (CE) 852/2004 (Anexo II, capítulo XII) obliga a las empresas alimentarias a garantizar la supervisión y la instrucción o formación de quienes manipulan alimentos, según su actividad laboral. [S3]
¿Quién puede formarte?
La empresa, una entidad formadora o un centro de formación profesional reconocido.
- La propia empresa alimentaria.
- Empresas o entidades formadoras, que no necesitan reconocimiento de organismos públicos.
- Centros de formación profesional reconocidos, dentro de la formación reglada.
Fuentes de este apartado
- La formación puede darla la propia empresa, una empresa o entidad formadora (sin necesidad de reconocimiento de organismos públicos) o un centro de formación profesional reconocido, dentro de la formación reglada. [S19]
¿Quién controla tu formación en Baleares?
La Consejería de Salud, a través de la Dirección General de Salud Pública y Consumo y su Servicio de Seguridad Alimentaria.
La empresa es responsable de formar a cada manipulador según el puesto que ocupe.
Fuentes de este apartado
- En Baleares controla la formación de los manipuladores la Consejería de Salud, a través de la Dirección General de Salud Pública y Consumo y, en concreto, del Servicio de Seguridad Alimentaria. [S19]
- Las empresas alimentarias son responsables de formar a sus manipuladores según el puesto de trabajo que ocupen. [S19]
¿Cómo lo comprueban?
Mirando cómo trabajas y la documentación de tu formación.
Los técnicos del Servicio de Seguridad Alimentaria comprueban que la formación ha sido adecuada a partir de las prácticas higiénicas del personal y de la documentación que la acredita. El papel ayuda, pero también se mira tu trabajo.
Fuentes de este apartado
- Comprueban que la formación ha sido adecuada a partir de las prácticas higiénicas del personal y de la documentación que la acredita. [S19]
¿Qué parte del reglamento europeo te afecta?
Dos capítulos de su anexo II: higiene del personal y formación.
El capítulo VIII fija la higiene personal de quien trabaja con alimentos y el capítulo XII, la formación. Según el Govern, que ya no exista el carné no reduce el control: lo integra con el resto de controles.
Fuentes de este apartado
- El Reglamento (CE) 852/2004 fija la higiene personal de los trabajadores en el capítulo VIII de su anexo II y la formación de los manipuladores en el capítulo XII. [S19]
- Según el Govern balear, la derogación del Real Decreto 202/2000 no reduce el control de la manipulación de alimentos: lo armoniza con el resto de controles. [S19]