Curso Por comunidad Castilla y León

Manipulador de alimentos en Castilla y León.

¿Necesito carné o curso de manipulador en Castilla y León?

No. En Castilla y León el Decreto 5/2011 derogó el Decreto 269/2000: se suprimió la autorización de las entidades formadoras y su registro, y las autorizaciones antiguas quedaron sin efecto. Tu empresa responde de tu formación con un programa continuado y debe tener la documentación a disposición de la administración sanitaria.

Fuentes de esta respuesta
  • En Castilla y León, el Decreto 5/2011, de 3 de febrero, publicado el 9 de febrero de 2011, derogó el Decreto 269/2000, que regulaba los planes de formación sobre higiene de los alimentos. [S27]
  • Con ello se suprimió la autorización administrativa de las entidades formadoras y su registro, y las autorizaciones dadas con el Decreto 269/2000 quedaron sin efecto. [S27]
  • La empresa garantiza la formación con un programa continuado y adaptado a sus necesidades, y responde de la formación de sus manipuladores y de su supervisión. [S27]
  • La empresa debe tener a disposición de la administración sanitaria la documentación que acredite la formación de sus manipuladores. [S27] [S28]

Autoridad sanitaria Dirección General de Salud Pública (Consejería de Sanidad y Bienestar Social)

¿Qué cambió en Castilla y León en 2011?

El 9 de febrero de 2011 se publicó el Decreto 5/2011, que derogó el Decreto 269/2000.

Aquel decreto regulaba los planes de formación sobre higiene de los alimentos. Con su derogación desaparecieron la autorización administrativa de las entidades formadoras y su registro.

Fuentes de este apartado
  • En Castilla y León, el Decreto 5/2011, de 3 de febrero, publicado el 9 de febrero de 2011, derogó el Decreto 269/2000, que regulaba los planes de formación sobre higiene de los alimentos. [S27]
  • Con ello se suprimió la autorización administrativa de las entidades formadoras y su registro, y las autorizaciones dadas con el Decreto 269/2000 quedaron sin efecto. [S27]

¿Quién necesita formación en Castilla y León?

Quien tiene contacto directo con los alimentos en su trabajo.

La Junta lo concreta: preparación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte o distribución. Su página de manipuladores ofrece además una guía para manipuladores y el documento de orientación de la AESAN para descargar.

Fuentes de este apartado
  • Según la Junta de Castilla y León, quien tiene contacto directo con los alimentos en su preparación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte o distribución debe tener formación adecuada en higiene según su trabajo. [S27]
  • La página de la Junta ofrece para descargar una «Guía para Manipuladores de Alimentos» y el documento de orientación de la AESAN sobre formación de manipuladores. [S27]

¿Siguen valiendo las autorizaciones antiguas de centros?

No: las concedidas con el Decreto 269/2000 quedaron sin efecto.

Cualquier entidad puede formar a manipuladores sin autorización de la Administración. Lo que importa es que la formación encaje con tu puesto, y eso lo valora tu empresa.

Fuentes de este apartado
  • Con ello se suprimió la autorización administrativa de las entidades formadoras y su registro, y las autorizaciones dadas con el Decreto 269/2000 quedaron sin efecto. [S27]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • Si un trabajador se forma por su cuenta, la empresa tiene que valorar si esa formación es adecuada para el puesto que va a desempeñar. [S7]

¿Qué debe tener tu empresa?

Un programa de formación continuado y la documentación de tu formación.

  • Un programa de formación adaptado a sus necesidades y mantenido en el tiempo.
  • La documentación que acredite tu formación, a disposición de la administración sanitaria.
  • La supervisión de esa formación y del cumplimiento de las normas de higiene.
Fuentes de este apartado
  • La empresa garantiza la formación con un programa continuado y adaptado a sus necesidades, y responde de la formación de sus manipuladores y de su supervisión. [S27]
  • La empresa debe tener a disposición de la administración sanitaria la documentación que acredite la formación de sus manipuladores. [S27] [S28]

¿Quién controla en Castilla y León?

La Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social.

Según el Decreto 17/2026, que fija la estructura de esa consejería, le corresponde el control sanitario de los riesgos para la salud derivados de los alimentos. El pie de la web de salud de la Junta aún dice «Consejería de Sanidad».

Fuentes de este apartado
  • El Decreto 17/2026 fija la estructura de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de Castilla y León; a su Dirección General de Salud Pública le corresponde el control sanitario de los riesgos para la salud derivados de los alimentos. [S29]
  • El pie de la web de salud de la Junta de Castilla y León aún muestra el nombre «Consejería de Sanidad». [S27]

La norma en toda España

  • El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que era la norma anterior sobre manipuladores de alimentos. [S2]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • El Reglamento (CE) 852/2004 (Anexo II, capítulo XII) obliga a las empresas alimentarias a garantizar la supervisión y la instrucción o formación de quienes manipulan alimentos, según su actividad laboral. [S3]

Nuestro curso sigue los cuatro contenidos que propone la guía de la AESAN: las lecciones, el test gratis y qué cambia en tu sector.