Curso Por comunidad Región de Murcia

Manipulador de alimentos en la Región de Murcia.

¿Necesito carné o curso de manipulador en la Región de Murcia?

No. En la Región de Murcia, el Decreto 80/2011 derogó el Decreto 66/2001, que regulaba la formación continuada obligatoria de los manipuladores. La responsabilidad pasó de la Administración regional a las empresas: la tuya debe formarte y demostrar en las inspecciones que estás formado para tus tareas.

Fuentes de esta respuesta
  • En la Región de Murcia, el Decreto n.º 80/2011, de 20 de mayo, derogó el Decreto 66/2001, que regulaba la formación continuada obligatoria de los manipuladores de alimentos. [S40]
  • La responsabilidad de la formación pasó de la Administración regional a las empresas, que deben acreditar en las inspecciones que sus manipuladores han sido formados en sus tareas. [S40]

Autoridad sanitaria Consejería de Sanidad y Consumo (nombre en 2011)

¿Qué norma murciana se derogó?

El Decreto 66/2001, sobre la formación continuada obligatoria de los manipuladores.

Lo derogó el Decreto n.º 80/2011, de 20 de mayo, publicado en el BORM n.º 120 el 27 de mayo de 2011. Entraba en vigor a los treinta días de su publicación.

Fuentes de este apartado
  • En la Región de Murcia, el Decreto n.º 80/2011, de 20 de mayo, derogó el Decreto 66/2001, que regulaba la formación continuada obligatoria de los manipuladores de alimentos. [S40]
  • Se publicó en el BORM n.º 120, de 27 de mayo de 2011, y entraba en vigor a los treinta días de su publicación. [S40]

¿Afecta a la venta ambulante?

El mismo decreto modificó la norma murciana de venta fuera de establecimientos.

El Decreto 80/2011 también cambió el Decreto 172/1995, sobre las condiciones sanitarias para vender alimentos fuera de establecimientos permanentes, para adaptarlo a la Ley 17/2009 de servicios. Si vendes en mercadillos, pregunta a tu ayuntamiento o a la consejería por las condiciones actuales.

Fuentes de este apartado
  • El mismo Decreto 80/2011 modificó el Decreto 172/1995, sobre las condiciones sanitarias para vender alimentos fuera de establecimientos permanentes, para adaptarlo a la Ley 17/2009. [S40]

¿Por qué se derogó?

Para no discriminar a quien forma en Murcia frente al resto de España.

El decreto lo vincula a la Directiva de Servicios: evitar diferencias entre los prestadores de servicios establecidos en la Región de Murcia y los establecidos en el resto de España.

Fuentes de este apartado
  • El decreto lo justifica en la Directiva de Servicios: evitar discriminaciones entre quienes prestan servicios en la Región de Murcia y en el resto de España. [S40]

¿Desaparecieron los controles?

No: el propio decreto dice que no.

Que no haya autorización previa no significa que nadie mire. La derogación no supone la supresión de controles. La empresa debe acreditar en las inspecciones que sus manipuladores han sido formados en las tareas que les encarga.

Fuentes de este apartado
  • Según el decreto, la derogación no supone la absoluta supresión de controles en este ámbito. [S40]
  • La responsabilidad de la formación pasó de la Administración regional a las empresas, que deben acreditar en las inspecciones que sus manipuladores han sido formados en sus tareas. [S40]

¿Quién es la autoridad sanitaria?

La consejería competente en sanidad de la Región de Murcia.

En 2011 se llamaba Consejería de Sanidad y Consumo. Su web de salud no permitió nuestra copia automática, así que no citamos su nombre actual.

Si te formas por tu cuenta, tu empresa valora si esa formación es adecuada para tu puesto.

Fuentes de este apartado
  • En 2011, la consejería competente de la Región de Murcia se llamaba Consejería de Sanidad y Consumo. [S40]
  • Si un trabajador se forma por su cuenta, la empresa tiene que valorar si esa formación es adecuada para el puesto que va a desempeñar. [S7]

La norma en toda España

  • El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, que era la norma anterior sobre manipuladores de alimentos. [S2]
  • Desde esa derogación, las entidades que dan formación a manipuladores no necesitan autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carné de manipulador. [S1] [S8]
  • El Reglamento (CE) 852/2004 (Anexo II, capítulo XII) obliga a las empresas alimentarias a garantizar la supervisión y la instrucción o formación de quienes manipulan alimentos, según su actividad laboral. [S3]

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