¿Qué comunidades derogaron su norma y cuándo?
Estas, según sus propias fuentes guardadas.
| Comunidad | Norma regional | Qué pasó |
|---|---|---|
| Andalucía | Decreto 189/2001 | Derogado por el Decreto 141/2011 |
| Asturias | Decreto 8/2002 | Derogado por el Decreto 117/2010 |
| Canarias | Orden de 10 de julio de 2002 | Derogada por la Orden de 23 de noviembre de 2010 |
| Castilla-La Mancha | Decreto 52/2002 | Derogado por el Decreto 56/2021 |
| Castilla y León | Decreto 269/2000 | Derogado por el Decreto 5/2011 |
| Madrid | Decreto 10/2001 | Derogado implícitamente por el Real Decreto 109/2010 |
| Murcia | Decreto 66/2001 | Derogado por el Decreto 80/2011 |
| País Vasco | Decreto 211/2001 | Derogado por el Decreto 337/2010 |
| Melilla | Decreto n.º 3240 de 2006 | Tácitamente derogado |
| Cantabria | Normas autonómicas de desarrollo | Tácitamente derogadas |
Fuentes de este apartado
- El Decreto 141/2011, de 26 de abril, derogó en Andalucía el Decreto 189/2001, que regulaba los planes de formación de manipuladores y la autorización y el registro de las entidades que la impartían. [S12]
- El Decreto 117/2010, de 1 de septiembre, derogó en Asturias el Decreto 8/2002, que regulaba los programas de formación en higiene de los alimentos en las empresas del sector. [S17]
- La Orden de 23 de noviembre de 2010 suprimió en Canarias la intervención administrativa sobre las actividades de formación de manipuladores. [S20]
- Esa orden derogó la Orden de 10 de julio de 2002, que regulaba en Canarias la formación de manipuladores y el régimen de autorización y registro de quienes la impartían. [S20]
- En Castilla-La Mancha, el Decreto 56/2021, de 11 de mayo, derogó expresamente el Decreto 52/2002, de entidades formadoras de manipuladores de alimentos. [S25]
- En Castilla y León, el Decreto 5/2011, de 3 de febrero, publicado el 9 de febrero de 2011, derogó el Decreto 269/2000, que regulaba los planes de formación sobre higiene de los alimentos. [S27]
- Según la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 109/2010 derogó implícitamente el Decreto 10/2001, de 25 de enero, la norma madrileña sobre formación de manipuladores. [S37]
- En la Región de Murcia, el Decreto n.º 80/2011, de 20 de mayo, derogó el Decreto 66/2001, que regulaba la formación continuada obligatoria de los manipuladores de alimentos. [S40]
- En Euskadi, el Decreto 337/2010, de 14 de diciembre, derogó el Decreto 211/2001, de 2 de octubre, sobre la formación continuada de los manipuladores de alimentos. [S46]
- Melilla entiende tácitamente derogada su norma de desarrollo, el Decreto n.º 3240 de 14 de agosto de 2006, y sin efecto las autorizaciones de entidades formadoras dadas con él. [S48]
- Al derogar el Real Decreto 109/2010 el Real Decreto 202/2000, quedaron tácitamente derogadas en Cantabria las normas autonómicas que lo desarrollaban. [S23]
¿Dónde no hemos podido confirmarlo?
En Galicia, Navarra y Extremadura no hemos encontrado la derogación expresa de sus decretos antiguos.
Son el Decreto 290/2003 gallego, el Decreto Foral 108/2003 navarro y el Decreto 138/2002 extremeño, que sigue en la lista de normativa sanitaria de Extremadura. No los damos por vigentes ni por derogados.
Las webs de salud de La Rioja y de Ceuta no respondieron desde nuestra conexión, así que de ellas no citamos nada regional.
Fuentes de este apartado
- El Decreto 290/2003, de 4 de junio (DOG n.º 123, de 26/06/2003), fijó en Galicia normas de formación de manipuladores, un procedimiento de autorización de entidades formadoras y un registro de las mismas. [S35]
- El Decreto Foral 108/2003, de 12 de mayo, reguló en Navarra las condiciones para formar a manipuladores y el régimen de autorización y registro de quienes la imparten. [S44]
- La página «Normativa sanitaria de Extremadura» sigue incluyendo, en seguridad alimentaria, el Decreto 138/2002, de 8 de octubre, sobre la formación de los manipuladores y la autorización de entidades formadoras. [S34]
¿Qué es igual en todas?
Tu empresa responde de tu formación y la inspección comprueba cómo trabajas.
A nivel nacional no hay temario, examen ni profesorado fijados. La formación debe adaptarse a tu puesto concreto, y si te formas por tu cuenta, tu empresa valora si te sirve.
La inspección lo comprueba viendo cómo trabajas. Cada página de comunidad enlaza sus fuentes y la fecha en que las guardamos.
Fuentes de este apartado
- A nivel nacional no se fija ningún requisito sobre los contenidos, el examen, el profesorado ni la forma de impartir la formación en higiene de los alimentos. [S8]
- Para que la formación se considere adecuada, debe adaptarse a las necesidades del puesto de trabajo concreto de cada manipulador. [S8]
- Si un trabajador se forma por su cuenta, la empresa tiene que valorar si esa formación es adecuada para el puesto que va a desempeñar. [S7]
- La inspección comprueba que el trabajador aplica correctamente las buenas prácticas de manipulación y que la empresa garantiza que las conoce, supervisa su cumplimiento y corrige las desviaciones. [S7]