¿Qué cambió con el Real Decreto 1021/2022 para tiendas, bares y restaurantes?
Respuesta rápida
El Real Decreto 1021/2022, en vigor desde el 22 de diciembre de 20221, regula la higiene de tiendas, puestos ambulantes, bares y restaurantes1. Sustituyó varias normas antiguas, entre ellas las de comidas preparadas, mayonesa casera, carnes y anisakis1, y añadió reglas nuevas sobre animales, sobras y comida hecha en casa.
En este artículo
¿A quién se aplica?
Al comercio al por menor en sentido amplio: tiendas, puestos ambulantes o provisionales (carpas, tenderetes, vehículos de venta ambulante), almacenes de apoyo y establecimientos de restauración y hostelería1. Quedan fuera las explotaciones con venta directa de productos primarios y el suministro ocasional de comida por particulares en fiestas religiosas, escolares, benéficas o municipales1.
¿Qué normas derogó?
| Norma derogada | De qué trataba |
|---|---|
| Real Decreto 3484/2000 | Higiene de las comidas preparadas1 |
| Real Decreto 1254/1991 | Mayonesa de elaboración propia1 |
| Real Decreto 1376/2003 | Carnes frescas en el comercio minorista1 |
| Real Decreto 1420/2006 | Prevención del anisakis1 |
Las reglas de las comidas preparadas no desaparecieron: hoy están en el artículo 30 del Real Decreto 1086/2020, con la redacción que le dio este real decreto1.
¿Qué temas regula y dónde lo explicamos?
- Temperaturas de cada alimento, con la excepción del melón cortado1. Ver temperaturas de conservación.
- Congelar, descongelar y recongelar, con etiquetas y registros1. Ver cómo descongelar y cuánto duran los congelados.
- Comidas preparadas: enfriado, recalentado y comida testigo1. Ver enfriar y recalentar y comida testigo.
- Carne picada, despiece y carnicerías1. Ver carne picada en la carnicería.
- Pescado y anisakis1. Ver anisakis.
- Huevo crudo y ovoproductos1. Ver huevo crudo y mayonesa.
- Animales en tiendas, bares y restaurantes1. Ver perros en bares.
- Comida hecha en casa para vender1. Ver vender comida hecha en casa.
- Sobras para llevar y recipientes del cliente1. Ver sobras para llevar.
- Donación de alimentos1. Ver donar alimentos.
¿Qué novedades prácticas trajo?
Algunas reglas son nuevas o mucho más concretas que antes:
- Los bares y restaurantes deben dejar que el cliente se lleve lo que no se ha comido, sin coste adicional, salvo en los bufés libres1.
- Se puede vender comida hecha en una vivienda, con un máximo de 100 kilos a la semana y otras condiciones1.
- Las terrazas y comedores pueden admitir perros, y cada local puede prohibirlos con un cartel en la entrada1.
- Se pueden vender alimentos con defectos de forma o de envase que no afecten a la seguridad, informando al cliente, pero nunca conservas abombadas1.
- Las máquinas expendedoras con productos refrigerados deben tener una alarma si falla la luz1.
- Se admiten algunas superficies de madera tradicionales, como las mesas para masas de pan1.
Si trabajas en hostelería, este real decreto es la norma que más te afecta en el día a día, junto con el Reglamento 852/20042.
¿Qué dice sobre el APPCC en el comercio pequeño?
Que todo comercio minorista debe tener un procedimiento basado en el APPCC con una persona responsable de aplicarlo, aunque puede ser simplificado1. Las guías de prácticas correctas del sector, que son voluntarias, ayudan a cumplir1. Y un comercio que congela lo que elabora debe tener un equipo capaz de bajar el centro a −18 °C sin interrupciones, y registros de lo congelado salvo que todo vaya en la etiqueta1.
¿Puede una tienda vender a otra?
Con límites: solo si el suministro es marginal (hasta el 25 % de lo que vende al año o un máximo de 500 kg a la semana), localizado y restringido1. Lo explicamos al hablar del obrador.
¿Qué pasa si no se cumple?
El real decreto remite a los regímenes sancionadores de la Ley 17/2011, la Ley 33/2011, la Ley 14/1986 y el Real Decreto 1945/1983, según la materia1. Las cuantías de la Ley 17/2011 están en multas en seguridad alimentaria.
Todo el personal que manipula alimentos en estos establecimientos necesita formación en higiene adecuada a su puesto2. El curso gratis está hecho a partir de esta norma y del Reglamento 852/2004.
Fuentes
Cada número del texto enlaza al documento del que sale el dato. Guardamos una copia fechada de cada fuente con su huella SHA-256, para poder enseñar qué decía el día que la revisamos.
- Fuente 1: Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre (BOE-A-2022-21681): higiene en comercio al por menor; deroga el RD 3484/2000 y reescribe el art. 30 del RD 1086/2020 (comidas preparadas). BOE, revisada el 31 de octubre de 2026.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-21681 - Fuente 2: Reglamento (CE) nº 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios (texto original, DOUE-L-2004-81035). Parlamento Europeo y Consejo, copia del BOE, revisada el 31 de octubre de 2026.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2004-81035
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