¿Qué es el registro sanitario RGSEAA y quién debe inscribirse?
Respuesta rápida
El RGSEAA es el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, regulado por el Real Decreto 191/20111. Se inscriben las empresas que fabrican, envasan, almacenan, distribuyen o importan alimentos1. Bares, restaurantes y tiendas no van a él: se inscriben en el registro de su comunidad autónoma1.
En este artículo
¿Para qué sirve el registro sanitario?
Para proteger la salud pública y a los consumidores, facilitando el control oficial de las empresas inscritas1. Es un registro nacional, adscrito a la AESAN, que reúne los datos de los registros de las comunidades autónomas, y es público1. Estar inscrito no es un sello de calidad: no libra a la empresa de su plena responsabilidad de cumplir la legislación alimentaria1.
¿Quién tiene que inscribirse en el RGSEAA?
Cada establecimiento en España cuya actividad tenga por objeto alimentos, materiales que van a estar en contacto con alimentos o coadyuvantes tecnológicos1, y que se dedique a alguna de estas actividades1:
- Producción, transformación, elaboración o envasado.
- Almacenamiento, distribución o transporte.
- Importación de productos de fuera de la Unión Europea.
¿Por qué un bar o una tienda no van al RGSEAA?
Porque el comercio al por menor está excluido de ese registro, aunque sigue sometido a controles oficiales. Eso no significa que no se registre: todo comercio minorista se inscribe en el registro de su comunidad autónoma, tras una comunicación o declaración responsable1. Y para la norma española, el comercio minorista incluye también los restaurantes, los bares y los puestos ambulantes2. Un obrador con sucursales tiene sus propias reglas de registro: lo vemos en qué es un obrador.
| Tipo de negocio | Dónde se inscribe |
|---|---|
| Fábrica, envasadora, almacén de distribución, importador | RGSEAA, a través de la comunidad autónoma1 |
| Bar, restaurante, tienda, carnicería, food truck | Registro de la comunidad autónoma1 |
| Establecimiento central con obrador y sus sucursales | Cada local por separado en el registro autonómico2 |
| Industria de origen animal que necesita autorización | Solicitud para que la comunidad la autorice1 |
¿Cómo se hace la inscripción?
Con una comunicación previa ante la autoridad de la comunidad autónoma donde está el establecimiento, en la forma que esta disponga1. Presentarla basta para que se tramite la inscripción y para empezar la actividad a la vez, sin perjuicio de los controles posteriores1. Los datos que pide la norma son pocos1:
- Nombre o razón social.
- NIF, NIE o CIF.
- Todas las actividades que vas a hacer.
- La dirección del establecimiento.
Cada comunidad tiene su propio formulario y sede electrónica, y puede pedir documentación adicional. Consúltalo en la consejería de sanidad de tu comunidad antes de empezar.
¿Qué número te dan y cuándo?
La comunidad comunica la inscripción a la AESAN, que la anota en el registro, asigna un número de identificación nacional y lo comunica a la comunidad en los 15 días hábiles siguientes a recibir la documentación1. Ese es el número de registro sanitario que ves en las etiquetas de muchos productos.
Una empresa que se inscribe con comunicación previa puede empezar a trabajar ese mismo día; el número llega después1.
¿Qué hay que comunicar después?
Cualquier cambio en los datos obligatorios y el cierre definitivo de la actividad, que da lugar a cancelar la inscripción1. El Reglamento 852/2004 lo pide en los mismos términos: notificar todos los establecimientos y comunicar los cambios importantes y los cierres3.
¿Qué pasa si se empieza sin registro?
La Ley 17/2011 considera infracción grave empezar la actividad sin la autorización previa o sin la inscripción en el registro correspondiente4, y las graves se sancionan con multas de entre 5.001 y 20.000 euros4. Además, la administración puede cerrar un establecimiento que no tenga los registros sanitarios obligatorios; ese cierre no cuenta como sanción, pero el negocio deja de funcionar4.
¿Y si vendo comida hecha en casa?
También hay que inscribirse: en el registro autonómico, con una declaración responsable que incluye el horario, los productos y un plano de la vivienda2. Lo explicamos en vender comida hecha en casa.
Registrar el negocio no forma a nadie. Cada persona que manipula alimentos necesita formación en higiene adecuada a su puesto3; si es tu caso, puedes empezar por el curso gratis.
Fuentes
Cada número del texto enlaza al documento del que sale el dato. Guardamos una copia fechada de cada fuente con su huella SHA-256, para poder enseñar qué decía el día que la revisamos.
- Fuente 1: Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (BOE-A-2011-4293). BOE, revisada el 31 de octubre de 2026.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-4293 - Fuente 2: Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre (BOE-A-2022-21681): higiene en comercio al por menor; deroga el RD 3484/2000 y reescribe el art. 30 del RD 1086/2020 (comidas preparadas). BOE, revisada el 31 de octubre de 2026.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-21681 - Fuente 3: Reglamento (CE) nº 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios (texto original, DOUE-L-2004-81035). Parlamento Europeo y Consejo, copia del BOE, revisada el 31 de octubre de 2026.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2004-81035 - Fuente 4: Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE-A-2011-11604), artículos 50 a 52. BOE, revisada el 31 de octubre de 2026.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-11604
Aptia Skills es una empresa privada de formación. No tiene relación con la AESAN, la EFSA ni ninguna administración, y este artículo no sustituye lo que te indique tu empresa o la inspección de tu comunidad autónoma.